Reglamento de la Academia Venezolana Correspondiente de la Real Española.

Título: Reglamento de la Academia Venezolana Correspondiente de la Real Española.
Autor: Anónimo
Año: 1887
Imprenta: de la Imprenta y Litografía del Gobierno Nacional
Lugar: Caracas


Este folleto comprende el reglamento de la Academia Venezolana de la Lengua, comprendido en nueve capítulos que abarcan noventa y seis artículos en total fue acordado por la Junta de la Academia en julio de 1887 para que entrara en vigor el 1 de octubre de ese mismo año. El reglamento se redactó en base a los estatutos provenientes de la Real Academia Española, Academia Madre de la Academia Venezolana de la Lengua.

El reglamento engloba desde los deberes que se le imponen a la Institución, el derecho al sufragio de sus miembros de número, las tareas literarias de la institución, la administración de sus fondos y las remuneraciones a sus miembros. Un precepto importante de esta compilación reglamentaria sobre las obras y publicaciones pertenecientes a la Academia que comprenden desde discursos hasta escritos que representen a la lengua española, siendo compilados en unos documentos llamados Memorias de la Academia Venezolana de la Lengua, según el Artículo Nueve, presentado en el Capítulo III de este reglamento:

Con el título de Memorias de la Academia Venezolana irá dando á la estampa coleccionados los discursos, obras, memorias y otros escritos que considere útiles para el conocimiento e ilustración de nuestra lengua, ya sean de Académicos, ó ya de otras personas. –El primer tomo de esta colección, principiará por un Resumen histórico del origen y de los adelantamientos de la Academia Venezolana

pág 9-10

Como bien se explica en el extracto del Artículo Nueve, la Academia compilará los escritos, obras y memorias que sirvan para ilustrar y expandir el conocimiento sobre la lengua española. Esto formaría parte de una tarea literaria importante establecida por los dos primeros artículos presentados en el Capítulo III de este reglamento. En sí, este folleto es una compilación de los estatutos que los miembros de numero de esta Academia deben seguir, siendo acordado en una Junta de la Academia el 27 de julio de 1887 7 , que entrarían en vigor a partir del 1 de octubre de ese año. Los involucrados en este folleto serían los miembros de número de la Academia, quienes según el Artículo 38 del Capitulo VII, deliberan en sesión de la junta para el régimen o gobierno de la institución 8 . Al final del reglamento, se cuenta con la firma del Secretario Perpetuo de la Academia, Julio Calcaño.

El folleto fue publicado por la Imprenta y Litografía del Gobierno Nacional en 1887. En el canon bibliográfico nacional, esta obra se encuentra en la época del Guzmancismo, durante el tercer y último período presidencial del General Antonio Guzmán Blanco, quien también fungió como Director de esta Academia hasta su muerte en 1899. Como contexto adicional, este reglamento fue deliberado a los cuatro años de la fundación de la Academia Venezolana de la Lengua, justo unos seis días antes de cumplirse el 4 to aniversario del discurso inaugural del General Guzmán Blanco en esta Academia.

(P. F. G. R)


Edición en el Museo

Reglamento de la Academia Venezolana Correspondiente de la Real Española. Caracas: de la Imprenta y Litografía del Gobierno Nacional, 1887

Obras relacionadas en el Museo

Memoria Sobre el Estado y Trabajos Literarios de la Academia Venezolana en el Primer Trienio de su Existencia, leída en la Junta del 10 de diciembre de 1835 por su Director Interino el Doctor D. Aníbal Dominici. Caracas: Imprenta Sanz, 1885

Discurso inaugural de la Academia Correspondiente pronunciado por su Director el General Guzmán Blanco el día 27 de julio de 1883. Caracas: Academia Venezolana de la Lengua, 1883